Interventor de EPS Salud Cóndor consignaba depósitos judiciales en cuentas personales
Deberá responder por presunta apropiación de $311 millones.
La Procuraduría General de la Nación citó a audiencia pública a Iván Jaramillo Pérez, un particular que actuó en su condición de representante legal de la sociedad Jaramillo Pérez y Consultores Asociados SRL Ltda., que fue designada como agente especial interventor de la Empresa Prestadora de Salud (EPS) Cóndor S. A., por la presunta apropiación de $311.247.237 pertenecientes a esta entidad.
De acuerdo con el auto de citación, Jaramillo Pérez, actuando como interventor de Salud Cóndor S. A., realizó el cobro de varios depósitos judiciales en el Banco Agrario de Colombia en la ciudad de Bogotá, en agosto de 2012, cuyo beneficiario era la mencionada EPS, sin embargo, estos dineros no ingresaron a las cuentas bancarias de esta entidad sino que se consignaron en cuentas personales del sujeto disciplinable.
En el mes de septiembre de 2013 la Superintendencia Nacional de Salud ordenó la toma de posesión inmediata de los bienes y negocios, y la intervención forzosa administrativa para liquidar la EPS Salud Cóndor S. A., designando a una nueva agente especial liquidadora, quien logró el reintegro de la suma total de dinero sin que el representante legal de Salud Cóndor ofreciera explicaciones serias y coherentes sobre su utilización.
Para el ente de control se habrían violado los principios que rigen la función administrativa, contenidos en el artículo 209 de la Carta Política, especialmente, el numeral 5º que señala que en virtud del principio de moralidad, todas las personas y los servidores públicos están obligados a obrar con rectitud, lealtad y honestidad en las actuaciones administrativas.
Consideró la Procuraduría Delegada para la Economía y la Hacienda Pública que con su conducta el investigado posiblemente incumplió los deberes que le fueron asignados de intervenir la EPS Salud Cóndor S. A. y las obligaciones administrativas y misionales que tenían directa relación con el Sistema de Seguridad Social en Salud, pues con los recursos de las EPS se atienden los pagos por los servicios de salud.
La falta del interventor fue calificada en esta etapa procesal como gravísima cometida con dolo.